Consejo de investigación y proyección social (CIPS)

El Cosejo de Investigación y Proyección Social es el órgano colegiado y la máxima autoridad de la EPN en el ámbito de la investigación, los posgrados de investigación, la innovación y la vinculación con la sociedad.

1) Responsable: Los miembros del CIPS, el cual lo conforman:
a) El Vicerrector de Investigación y Proyección Social, quien lo preside;
b) Los Jefes de los Institutos de Investigación;
c) Los Jefes de Departamento, uno por facultad, designado por cada uno de los consejos de facultad;
d) Los representantes estudiantiles en un número igual al veinticinco por ciento de los miembros señalados en los literales b) y c); y,
e) El personal académico de gestión y dirección vinculado al VIPS, así como los Jefes de los Departamentos y los Coordinadores de Grupos de Investigación no adscritos a institutos o a departamentos, podrán asistir como invitados, con voz, pero sin voto.

2) Funciones y Atribuciones: Son funciones y atribuciones del CIPS:
a) Posesionar a los miembros del personal académico designados por los consejos de facultad y por los consejos de institutos y a los representantes estudiantiles y conocer y resolver sobre sus excusas y renuncias;
b) Establecer las políticas, estrategias y directrices institucionales en los campos de investigación, innovación, programas de posgrados de investigación, y vinculación con la sociedad, y fiscalizar su cumplimiento;
c) Aprobar y evaluar los planes operativos de los institutos de investigación que no dependen de las facultades;
d) Aprobar el Plan Operativo Anual relacionado con las actividades de I+D+i+V de la institución, integrado con los planes operativos anuales de las distintas unidades académicas y otras unidades, en el ámbito de las mencionadas actividades, y enviarlo a las instancias pertinentes para su aprobación final;
e) Elaborar y presentar a Consejo Politécnico, para su aprobación, los reglamentos específicos en ámbitos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) y vinculación con la sociedad de la Institución y proponer sus reformas;
f) Presentar al Consejo Politécnico informes técnicos sobre la conveniencia de la creación, intervención, fusión o supresión de institutos de investigación multidisciplinarios y otras unidades de I+D+i;
g) Elaborar y presentar a Consejo Politécnico, para su aprobación, el Reglamento de Participación del personal académico que haya intervenido en una investigación, desarrollo tecnológico o innovación, individual o colectivamente, de los beneficios que obtenga la Politécnica por la explotación o cesión de derechos sobre las invenciones realizadas; así como en consultorías o servicios externos remunerados;
h) Convocar los concursos internos anuales y asignar a los proyectos de investigación y de vinculación con la sociedad seleccionados, los fondos contemplados en el presupuesto general de la Escuela Politécnica Nacional, y evaluarlos de conformidad con la normatividad vigente;
i) Aprobar los proyectos de programas de posgrados de investigación y enviarlos al Consejo de Educación Superior, para su aprobación final;
j) Otorgar estímulos académicos o económicos por actividades de investigación y vinculación con la sociedad, al personal académico en el marco de la evaluación periódica integral;
k) Aprobar las áreas de investigación institucionales y las líneas de investigación de los departamentos e institutos de investigación;
l) Proponer a Consejo Politécnico la creación o supresión de Centros de Transferencia de Tecnología;
m) Vigilar que se dé cumplimiento a la ejecución de proyectos de investigación y vinculación con la sociedad y su presupuesto;
n) Supervisar el desarrollo de los programas de posgrados de investigación;
o) Actualizar anualmente, en concordancia con el literal d) de este artículo, y presentar ante Consejo Politécnico, para su aprobación, el Fondo de Inversión asignado al Vicerrectorado de Investigación y Proyección Social, donde se especifiquen todos los rubros de gastos anuales en los ámbitos de las actividades de I+D+i, en acuerdo con el artículo 36 de la LOES, el artículo 34 del Reglamento General de la LOES, y el artículo 14 literal i) del estatuto de la EPN; y,
p) Ejercer las demás atribuciones y cumplir las demás obligaciones que le señalen las leyes, el Estatuto y los reglamentos.

Miembros del Consejo

DEPENDENCIA ASISTENTE
1 Vicerrectorado de Investigación y Proyección Social Dr. Alberto Celi (Presidente)
2 Facultad de Ciencias Dr. César Costa (Principal)
3 Facultad de Ciencias Administrativas Magíster Víctor Pumisacho (Principal)
4 Facultad de Ingeniería Civil y Ambiental Magister Ximena Hidalgo (Principal)
5 Facultad de Ingeniería Eléctrica y Electrónica Dr. Carlos Gallardo (Principal)
Magíster Fabio González (Alterno)
6 Facultad de Geología y Petróleos Magíster Raúl Valencia (Principal)
Magíster Vinicio Melo (Alterno)
7 Facultad de Ingeniería Mecánica Dr. Víctor Guerrero (Principal)
8 Facultad de Química y Agroindustria Dra. Alicia Guevara (Principal)
Magíster Francisco Quiroz (Alterno)
9 Facultad de Sistemas Magíster Myriam Peñafiel (Principal)
10 Primer representante de los estudiantes Kelly Alvarado (Principal)
Jimmy Chauca (Alterno*)
11 Segundo representante de los estudiantes Tatiana Chamorro (Principal)
Fernando Arévalo (Alterno*)

Actas de Consejo