vicerrectorado de investigación y proyeccion social (VIPS)

1) Responsable: El Vicerrector de Investigación y Proyección Social.

2) Funciones y Atribuciones: Son funciones y atribuciones del VIPS:
a) Colaborar con el Rector en el cumplimiento de sus funciones y en el ejercicio de sus atribuciones;
b) Remplazar o sustituir al Rector, según el caso, de acuerdo a lo establecido en la ley y en el Estatuto;
c) Convocar y presidir el Consejo de Investigación y Proyección Social;
d) Planificar, organizar, coordinar y dirigir las actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y vinculación con la sociedad de acuerdo con las políticas y lineamientos trazados por el Consejo Politécnico, el Rector y el Consejo de Investigación y Proyección Social;
e) Presentar anualmente al Rector, al Consejo Politécnico y a la comunidad politécnica, un informe acerca de la marcha de la institución en el ámbito de su competencia;
f) Dar directrices a los decanos, jefes de departamento, jefes de institutos, autoridades ejecutivas a su cargo y demás miembros de la comunidad, en el ámbito de su competencia, para el logro de los fines y objetivos institucionales y vigilar su cumplimiento;
g) Conceder licencias hasta por treinta días al personal administrativo y de gestión y personal de servicio del VIPS;
h) Autorizar gastos relacionados con el presupuesto aprobado por Consejo Politécnico para las actividades de I+D+i+V, y que ejecuta la EOD-UGIPS;
i) Celebrar contratos y convenios específicos, en el ámbito de I+D+i+V, por delegación del Rector;
j) Delegar sus atribuciones, en asuntos puntuales y cuando no opere la subrogación, previa autorización del Rector y del Consejo Politécnico; y,
k) Ejercer las demás atribuciones y cumplir las demás obligaciones que contemplen las leyes, el Estatuto y los reglamentos.