Las autoridades de la Escuela Politécnica Nacional (EPN) tienen como prioridad precautelar la salud e integridad de todos los miembros de la Comunidad Politécnica; con esta premisa, se informa que en observancia a las Resoluciones adoptadas por el COE Nacional el 07 de abril de 2021 que en su literal d) señala:

“d. Disponer al Ministerio de Trabajo mantener la vigencia de la modalidad de teletrabajo en las instituciones de la Función Ejecutiva y desconcentrado hasta el 26 de abril de 2021, en todas aquellas actividades cuya naturaleza así lo permita y será responsabilidad de las máximas autoridades de cada institución asegurar la atención y prestación de servicios públicos con el objeto de evitar inconvenientes a la ciudadanía. Así mismo, se exhorta a las autoridades de las demás funciones del Estado y del sector privado, acoger esta disposición (…)”; 

la Máxima Autoridad ejecutiva de la EPN dispone que las actividades presenciales y semipresenciales continúan suspendidas en la Institución hasta el 26 de abril de 2021, por lo que los servidores y trabajadores, que se han incorporado en cada una de las fases de retorno progresivo a las actividades laborales presenciales y semipresenciales conforme al “PLAN GENERAL DE RETORNO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES DE LOS SERVIDORES Y TRABAJADORES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL DURANTE LA PANDEMIA POR COVID-19”, deberán acogerse a la modalidad de teletrabajo durante el periodo señalado y registrarán sus actividades en las matrices establecidas para el efecto, bajo la supervisión de su jefe inmediato.

Para los servidores mencionados que ahora deben acogerse a la modalidad de teletrabajo hasta el 26 de abril de 2021, se podrán solicitar salvoconductos, de conformidad con la siguiente directriz:

Autorizar, solamente en casos excepcionales, la emisión de salvoconductos entre el 12 y el 26 de abril de 2021, para lo cual las solicitudes deberán ser debidamente sustentadas señalando las necesidades urgentes que no pueden ser postergadas (solicitud a Rectorado con copia a la Dirección de Talento Humano). Se deberán acatar siempre todos los protocolos establecidos.

Las actividades laborales de forma presencial o semipresencial se retomarán a partir del martes 27 de abril de 2021, conforme a los procedimientos y protocolos previamente establecidos; este retorno estará sujeto a las disposiciones que se emitan desde los organismos externos competentes.

Para el personal de Código de Trabajo, por la naturaleza de sus actividades laborales, y por petición expresa del Sindicato de Trabajadores (SINTRA) y de forma voluntaria, podrán reincorporarse el lunes 12 de abril de 2021, bajo el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad previamente implementados en la Institución. Con el objeto de brindar el soporte necesario durante la ejecución de las actividades laborales presenciales de los miembros del personal de Código de Trabajo que lo soliciten, se coordinará la presencia del personal mínimo necesario de las siguientes dependencias:

  • Dirección de Talento Humano (Unidad de Seguridad y Salud Ocupacional)

  • Dirección de Bienestar Politécnico

  • Dirección Administrativa

Para el personal de Código de Trabajo que no solicite reincorporarse el lunes 12 de abril de 2021, se suspenden las actividades laborales del 12 al 26 de abril de 2021.

Para quienes NO se habían incorporado a la modalidad presencial o semipresencial, se dispone que solo se autorizará el ingreso a la Institución a quienes requieran hacerlo de forma excepcional, por temas esenciales e impostergables, tal como señala la siguiente directriz:

Autorizar, solamente en casos excepcionales, la emisión de salvoconductos entre el 12 y el 26 de abril de 2021, para lo cual las solicitudes deberán ser debidamente sustentadas sobre las necesidades urgentes que no pueden ser postergadas (solicitud a Rectorado con copia a la Dirección de Talento Humano). Se deberán acatar siempre todos los protocolos establecidos.