Consejo Politécnico en su sesión extraordinaria del 09 de enero del 2012, procedió a la discusión del documento comparativo entre el PROYECTO DE ESTATUTO presentado por la Escuela Politécnica Nacional al CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR y la matriz enviada por dicho Consejo, elaborado por el Secretario General.

Al respecto, se profundizó en el estudio de las normativas No. 28 hasta la No. 65, entre las que podemos destacar las siguientes resoluciones para conocimiento e interés de la comunidad politécnica:

NORMATIVA No. 34: POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA PROMOVER Y GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN EQUITATIVA DE LAS MUJERES Y DE GRUPOS HISTÓRICAMENTE EXCLUIDOS EN TODOS SUS NIVELES E INSTANCIAS, EN PARTICULAR EN EL GOBIERNO DE LA INSTITUCIÓN (Arts. 75 y 76 de la LOES).

RESOLUCIÓN DE CONSEJO POLITÉCNICO AL RESPECTO: Se reforma en primera discusión la Disposición General Décima Tercera del Estatuto, la cual queda de la siguiente manera:

“DÉCIMA TERCERA.- En las elecciones pluripersonales, los votantes podrán seleccionar los candidatos de su preferencia de una lista o entre listas. El reglamento correspondiente conciliará este principio con el de la representación proporcional de las minorías, el de la alternancia, la paridad de género, igualdad de oportunidades y equidad; y, establecerá los requisitos y condiciones para ser candidato. Una elección será válida siempre que los votos ponderados consignados sean por lo menos las dos terceras partes de la ponderación total de los votos”.