ELECCIÓN DE SEIS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES TITULARES CON SUS RESPECTIVOS ALTERNOS
ANTE CONSEJO POLITÉCNICO

 

VIERNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2011
 DESDE LAS 09H00 HASTA LAS 18H00

 

UBICACIÓN DE LAS MESAS: HALL DEL CONSEJO POLITÉCNICO

 

MESA No. 1:
 
DESDE:  ACOSTA ESTRADA MARCELO GERMÁN
 
HASTA: LÓPEZ FIALLOS RUFFO ELMAN

 

MESA No. 2:
 
DESDE:  LÓPEZ MAYORGA WALKER PATRICIO
 
HASTA: ZURITA RÍOS MARCO ANTONIO

 

SESIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA ELECTORAL PARA CONOCER LOS RESULTADOS DE LAS ELECCIONES
 
SALA DE CONSEJO POLITÉCNICO: VIERNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2011, DESDE LAS 17H50

 

 Art. 23 del Reglamento General de Elecciones:

 
“Al momento de consignar su voto, el elector podrá escoger sus candidatos por lista o entre listas en un número igual o menor al número de representantes a elegirse (6 representantes). El votar por un número mayor al de representantes a elegirse anula la papeleta de votación. Si
vota por un número menor de candidatos, las opciones no utilizadas se considerarán como votos en blanco”.
 
 
CAPÍTULO 9
 

DE LAS SANCIONES

Art. 39.- Los profesores titulares y los miembros del personal administrativo y de trabajadores que no se presentaren a conformar las mesas electorales serán sancionados con una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del décimo tercer sueldo inmediato anterior a la elección.
 
Los profesores titulares y los miembros del personal administrativo y de trabajadores que no votaren, serán sancionados con una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del décimo tercer sueldo inmediato anterior a la elección.
Art. 40.- Los profesores titulares que no cumplieren sus obligaciones electorales por causas justificadas, podrán solicitar por escrito al Jefe de Departamento, al cual estén adscritos, la exoneración de la sanción. Los miembros del personal administrativo y de trabajadores que estén en este caso, deberán dirigirse al Director de Recursos Humanos.
 
La solicitud deberá incluir la documentación justificativa correspondiente y tendrá que ser presentada dentro de los cuatro días laborables siguientes a la fecha en que terminó la causa que motivó la inasistencia.
 
En caso de inconformidad con la decisión del Jefe de Departamento o del Director de Recursos Humanos, se podrá apelar ante el Rector, dentro de los siete días calendario contados a partir de la notificación oficial de la decisión, quien resolverá en forma definitiva e inapelable.