CALENDARIO ELECTORAL MODIFICADO DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN No. 133 ADOPTADA EN SESIÓN ORDINARIA DE CONSEJO POLITÉCNICO DE 28 DE ABRIL DE 2015

CONVOCATORIA A ELECCIONES DE:

  • DOS REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES CON SUS ALTERNOS ANTE CONSEJO POLITÉCNICO
  • TRES REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES CON SUS ALTERNOS ANTE CONSEJO DE DOCENCIA
  • DOS REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES CON SUS ALTERNOS ANTE CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL

CALENDARIO DE CONVOCATORIA

Convocatoria a elecciones 21 de abril de 2015
Publicación del Registro Electoral Hasta las 18h00 del viernes 24 de abril de 2015
Observaciones al Registro Electoral Hasta las 18h00 del martes 28 de abril de 2015
Publicación del Registro Electoral definitivo Hasta las 18h00 del lunes11 de mayo de 2015
Recepción de documentos e inscripción de candidatos Hasta las 18h00 del jueves 14 de mayo de 2015
Calificación de candidatos Hasta las 18h00 del lunes 18 de mayo de 2015
Apelaciones Hasta las 18h00 del miércoles 20 de mayo de 2015
Reinscripción de candidatos Hasta las 18h00 del viernes 22 de mayo de 2015
Calificación definitiva de candidatos Hasta las 18h00 del lunes 25 de mayo de 2015
Campaña Desde las 06h00 del martes 26 de mayo de 2015 hasta las 18h00 del martes 2 de junio de 2015
Elecciones Viernes 5 de junio de 2015 desde las 08h00 hasta las 18h00

CONTACTOS:

Ing. Pablo Hidalgo

Presidente de la Junta Electoral

pablo.hidalgo@epn.edu.ec Ext. 2315, 2214
Srta. Cristina Vallejo
Secretaria de la Junta Electoral
Isabel.vallejo@epn.edu.ec Ext. 1902

NOTA: De acuerdo al Art. 23 del Reglamento General de Elecciones de la EPN, únicamente los candidatos a representantes ante Consejo Politécnico, deberán presentar las candidaturas respetando la alternancia, la paridad de género, igualdad de oportunidades y equidad.

CAPÍTULO 9

DE LAS SANCIONES

Art. 34.- Los profesores titulares y los servidores públicos y trabajadores que no se presentaren a conformar las mesas electorales serán sancionados con una multa equivalente al cincuenta por ciento (50%) del salario básico unificado del trabajador privado en general vigente.

Los servidores públicos y trabajadores que no votaren, serán sancionados con una multa equivalente al diez por ciento (10%) del salario básico unificado del trabajador privado en general vigente.

Los profesores titulares y que no votaren, serán sancionados por una multa equivalente al veinte por ciento (20%) del salario básico unificado del trabajador privado en general vigente.

Art. 35.- Las Autoridades, los Profesores, servidores públicos y trabajadores, y estudiantes que interfieran en el desarrollo de los procesos electorales, serán sancionados de acuerdo al Estatuto de la Escuela Politécnica Nacional.

Art. 37.- Los profesores titulares que no cumplieren sus obligaciones electorales por causas justificadas, podrán solicitar por escrito al Jefe de Departamento, al cual estén adscritos, la exoneración de la sanción.  Los servidores públicos y administrativos y trabajadores que estén en este caso, deberán dirigirse al Director de Recursos Humanos.

La solicitud deberá incluir la documentación justificativa correspondiente y tendrá que ser presentada dentro de los cuatro días laborables siguientes a la fecha en que terminó la causa que motivó la inasistencia.

En caso de inconformidad con la decisión del Jefe de Departamento o del Director de Recursos Humanos, se podrá apelar ante el Rector, dentro de los siete días calendario contados a partir de la notificación oficial de la decisión, quien resolverá en forma definitiva e inapelable.

Los estudiantes que no cumplieren sus obligaciones electorales serán sancionados con trabajo comunitario de acuerdo a la normativa respectiva.

Quienes no cumplieren sus obligaciones electorales por causas justificadas, podrán solicitar por escrito al Decano, o al Director de la Escuela correspondiente, la exoneración de la sanción.

La solicitud deberá incluir la documentación justificativa correspondiente y tendrá que ser presentada dentro de los cuatro días laborables, contados a partir de la fecha en que terminó la causa que motivó la inasistencia.

En caso de inconformidad con la decisión del Decano o del Director de la Escuela correspondiente, se podrá apelar ante el Vicerrector, dentro de los siete días calendario contados a partir de la notificación oficial de la decisión, quien resolverá en forma definitiva e inapelable.

FECHA DE LAS ELECCIONES:

Viernes 5 de junio de 2015, desde las 08:00 hasta las 18:00
Accede a Candidatos Calificados


REGISTRO ELECTORAL DEFINITIVO SE ENCUENTRA ADJUNTO  A CONTINUACIÓN: